Historia Constitucional Argentina
CAPITULO 3 | 1. El federalismo
 
 

Sumario:Causas. Artigas. Las instrucciones. La liga federal. La provincia de Santa Fe.





Causas


El más antiguo motivo de la aparición del federalismo en el Río de la Plata, es sin lugar a dudas la política centralizadora desarrollada por los Borbones, en especial la de Carlos III. En el primer capitulo se ha explicado que la burocratización del poder, tendiente por sobre todo a lograr una más amplia y efectiva recaudación fiscal, se hizo a expensas de la gravitación de los vecinos y de la influencia de la Iglesia.


Los funcionarios peninsulares advenedizos que integraban la pirámide administrativa instaurada por la Real Ordenanza de Intendentes de 1782, intendentes, superintendente subdelegado de real hacienda, junta superior de real hacienda, etc., se sobrepusieron a los vecinos, que habían sido desde el cabildo factores de poder, y al clero, que había jugado un rol de contralor y contrapeso respecto de los agentes del rey.


Se ha visto cómo la institución del cabildo quedó desmedrada, sobre todo frente al intendente, que le aprobaba o no la elección anual de sus integrantes, y también por la junta superior de real hacienda, ante la cual debía rendir cuenta del manejo de sus propios y arbitrios. De tal manera, que el tironeo entre los adictos a una mayor centralización político-administrativa y los partidarios del respeto a las libertades regionales, tan caras al sentir hispánico, se operó ya antes de la Revolución de Mayo.


A partir de Mayo, el proceso de tensión entre ambos sectores se aceleró y se profundizó. Se aceleró en cuanto que para desarrollarse no encontró la valla que le oponía el respeto, y cariño, hacia la institución monárquica, pese a todos sus errores. Separados del rey, primero de hecho, y a partir de 1816, de derecho, pujos que habían estado contenidos por varias décadas, entraron en expansión, facilitada por la actitud de buena parte de la dirigencia porteña, que desde el Cabildo Abierto del 22 de mayo en adelante, entendió era sucesora universal del poder que en todo el Virreinato había ejercido la administración borbónica. Las ciudades del interior, con sus cabildos, fueron tratadas como incapaces por la hermana mayor, Buenos Aires, que intentó manejarlos a discreción.


El enfrentamiento no solamente se activó, sino que se profundizó. A las razones político-administrativas se fueron adicionando fuentes de discrepancia de índole institucional, económica, social, cultural y hasta religiosa, que estaban subyacentes en la etapa borbónica, pero que a partir de 1810 se hicieron presentes más desembozadamente. De tal manera que, si bien los planteos teóricos de allende los mares, fundamentalmente norteamericanos, pudieron influir en los corifeos del federalismo, éste fue más bien una reacción contra determinadas políticas en esos órdenes y contra ciertas ideologías; esto es, la respuesta que vastos sectores de las comunidades rioplatenses le dieron a desplantes avasallantes o perjudiciales, y a mentalidades divorciadas con la tradición cultural heredada. Poco más o menos esto quiso decir el diputado Zapata en el Congreso Constituyente de 1853: «La federación que muchas veces han proclamado las Provincias, si en algunas ocasiones ha importado la defensa de su independencia y soberanía, las más de ellas han sido la expresión de justas resistencias al poder abusivo de algunos de los gobiernos de Buenos Aires»53. Hemos tenido oportunidad de ir señalando en el capítulo anterior, algunos de esos hechos políticos que levantaron polvareda en el ánimo provinciano: la disolución de la Junta Grande y la expulsión de sus miembros de Buenos Aires; la abolición de las juntas provinciales, obra del Triunvirato; el dictado del Estatuto Provisional, que derivaba la mayor cuota de poder a un engendro de Buenos Aires como era el Triunvirato, con la composición de una Asamblea General donde los porteños se adjudicaban una rotunda y grosera mayoría; la conformación de la Asamblea del año XIII con diputados digitados desde la sombra por la Logia Lautaro, ignorando en gran medida la voluntad de las ciudades del interior. Más adelante se verá la oposición de esta Asamblea al ingreso de la única diputación que venía con instrucciones de sus mandantes provincianos, la oriental; las veleidades centralizadoras del Congreso de Tucumán con su Reglamento de 1817 y su Constitución de 1819; la política directorial invasora y depredadora de los territorios de Santa Fe y Entre Ríos; sus planes monárquicos, a contrapelo de la vocación republicana y federal de los pueblos del Litoral; en la década del veinte –con posterioridad al momento de reacción provinciana con cenit en Cepeda– la maniobra astuta de los grupos directoriales encubiertos, que logran dividir a los caudillos y posibilitar el regreso al escenario político de Bernardino Rivadavia con sus planes de hegemonía porteña, provocando el fracaso del Congreso de Córdoba y la flagrante violación de la Ley Fundamental de 1825 dictada por el Congreso reunido en Buenos Aires. Luego el paroxismo del centralismo con el descabezamiento de la provincia de Buenos Aires, la instauración de un régimen crudamente unitario con la Constitución de 1826, a despecho de la voluntad de las provincias consultadas, que en buen número se pronuncian por el federalismo; y las andanzas revolucionarias de Lamadrid en el interior entre 1825 y 1827 dedicado a derrocar gobernadores federales con la financiación de los legistas porteños.


Toda esta política abusiva pergeñada a grandes trazos, que provocó la airada respuesta del interior, cada vez más contundente, tuvo también sus ribetes de diferencias en el plano electoral lindantes con el enfrentamiento social.


Hemos visto la tendencia al sufragio universal en la Junta Grande, apoyada por la población de las orillas de Buenos Aires y por el sentir de los diputados provincianos en ese organismo, y la oposición a esta postura de los sectores de la burguesía mercantil de Buenos Aires, abroquelados en el Cabildo, que sostiene que debe seguir votando solamente la parte «principal y sana» de la población. Es que la calificación del sufragio por razones de posición económica, que hemos visto en los proyectos de la Comisión Oficial y de la Sociedad Patriótica, presentados a la Asamblea, luego claramente adoptado por la Constitución de 1826, se contrapone a la visión federal, partidaria de la adopción del sufragio irrestricto, la del proyecto constitucional del diputado oriental Cardozo, o la de la Constitución santafesina de 1819, reflejada en la oposición cerrada que el bloque federal hizo al artículo 6° de la Constitución de 1826, que suspendía el ejercicio del sufragio a los asalariados. Aparecen, pues, colisionando respecto al carácter que debía tener el voto, las tendencias oligárquicas de las minorías liberales, frente a las inclinaciones populistas de las masas federales conducidas por sus caudillos.


Federales y directoriales, éstos luego unitarios, discreparían también en el campo las prácticas económicas. Los primeros son renuentes a la aceptación del librecambio, que favorece a la aristocracia mercantil porteña en detrimento del artesanado provinciano. Juan álvarez escribió: «...mientras España opuso trabas al comercio libre con los puertos extranjeros, permaneció casi oculto este antagonismo entre el litoral, interesado en el libre cambio, y el interior, que, careciendo de productos exportables, deseaba que Buenos Aires rechazara con la tarifa de aduanas los similares europeos»54. La política librecambista inaugurada con las medidas tomadas por los borbones: pragmática del comercio libre de 1778, comercio de potencias neutrales y sus colonias; continuó con la internación de mercaderías inglesas permitida por Cisneros en 1809, y libertad de comercio, con muy pocas restricciones, establecida por los sucesivos gobiernos patrios desde 1810. Tuvo algunas excepciones, no obstante, como la medida de la Junta Grande prohibiendo la introducción de efectos al interior del país por extranjeros, la salida de metálico, y la entrada de productos de ultramar que competían con los producidos por Mendoza.


Esas disposiciones librecambistas fueron llevando el meridiano de la riqueza desde el interior a la llave del comercio en que se fue convirtiendo Buenos Aires, con su aduana poderosa que recaudaba casi todo en materia de derechos de importación y exportación. Contra ello, por ejemplo, se levantan en protestas los sanjuaninos y mendocinos en 1803 y en 1817, por la libre introducción de bebidas alcohólicas extranjeras 55.


El mismo Moreno que parece reaccionar, desde las páginas de «La Gaceta», escribía el 20 de septiembre de 1810: «El extranjero no viene a nuestro país a trabajar en nuestro bien, sino a sacar cuantas ventajas pueda proporcionarse. Recibámoslo en buena hora, aprendamos las mejoras de su civilización, aceptemos la obra de su industria y franqueémosle los frutos que la naturaleza nos reserva a manos llenas: pero miremos sus consejos con la mayor reserva, y no incurramos en el error de aquellos pueblos inocentes que se dejaron envolver en cadenas, en medio del embelesamiento que les habían producido los chiches y abalorios»56. Y esto dicho puntualmente del comercio ingles.


Belgrano, aquel fisiócrata de sus comienzos, vuelve sobre sus pasos y escribe: «La importación de mercancías que impiden el consumo de las del país, o que perjudican al progreso de sus manufacturas y de su cultivo, lleva tras sí necesariamente la ruina de una nación»57.


Unos años después, desde la misma Buenos Aires, se levantaría la voz del consiliario del Consulado, Juan José Cristóbal Anchorena, para exponer: Que el comercio se halla destruido y poco menos que aniquilado, que la importación de todos los efectos ultramarinos y la exportación de frutos del país se hallan monopolizados por los extranjeros y que de consiguiente los comerciantes nacionales se ven con las manos atadas, la mayor parte de los artesanos sin ocupación y reducidos a la miseria, destruida la industria del país, la cría de ganados sin todo aquel adelantamiento de que ha sido capaz, y que la época de esta fatalidad ha sido la misma del comercio libre con los extranjeros, es tan manifiesto que no deja lugar a la menor duda»58.


No es entonces raro que, al irse formando las provincias, éstas establecieran aduanas interiores, que Artigas decretara para la Banda Oriental una definida política proteccionista, y que continuara la protesta contra el librecambismo porteño, que tuvo en el planteo del caudillo correntino Pedro Ferré, a su expresión más esclarecida, como ya analizaremos.


La aparición del federalismo también debe su origen a las enormes distancias entre las primitivas ciudades fundadas por los españoles en el vasto escenario rioplatense, que tuvieron no solamente que abastecerse sin auxilio de las demás, y defenderse como pudieron del aleve ataque indio sin esperar ayuda, sino que en su soledad crearon formas particulares de convivencia, estilos de vida propios, costumbres e idiosincrasia sin paralelos.


No quedan agotadas con éstas las causas fundamentales de la aparición del federalismo en el Río de la Plata. Zorraquín Becú nos esclarece respecto sobre un factor que resultó poderoso en la reacción provinciana, como también de las orillas y zona rural adyacente de la ciudad de Buenos Aires, contra la oligarquía portuaria, que fue el sentir religioso.


Se han mencionado en este trabajo los desmanes volterianos de algunos elementos de nuestro Ejército del Norte bajo la influencia de Castelli y Monteagudo y el liberalismo a ultranza de los hombres de la Asamblea del año XIII, que se enfrasca en una política regalista que repugna a la conciencia católica de las mayorías nacionales. Luego sobrevendrían los devaneos ideológicos sensualistas de Juan Crisóstomo Lafinur, Manuel Fernández de Agüero y Diego Alcorta, que enseñaron en diversos centros educativos; las tenidas secretas anticlericales de la sociedad Valeper, preparatorias de la reforma eclesiástica de Rivadavia y de la libertad de cultos en el tratado con Inglaterra, de 1825.


No resultarían extrañas algunas reacciones: de Belgrano al hacerse cargo del Ejército del Norte, ordenando la vuelta a las prácticas religiosas de la tropa; del proyecto de constitución de Cardozo, negando expresamente la libertad de cultos; de San Martín donando su bastón de mando a la Virgen del Carmen, a la que declara patrona de su Ejército; de la población de San Juan, en 1825, durante el gobierno de Salvador María del Carril, quemando en la plaza pública la Constitución de esa provincia que admitía la libertad de cultos; del levantamiento de Facundo Quiroga contra la conducción rivadaviana, bajo la divisa «Religión o muerte». Zorraquín Becú afirma: «El dogmatismo católico fue sustituido por el dogmatismo liberal... Ni las modalidades tradicionales, ni las costumbres imperantes, ni las instituciones preexistentes tenían valor alguno. La nueva religión debía ser establecida aun en contra de la voluntad colectiva, pues los pueblos no tenían conciencia de sus derechos... Su extremo liberalismo chocaba a aquellos hombres sensatos, y sus procedimientos jacobinos llenaban de zozobra a las conciencias... No era reacción española sino antijacobina»59.





Artigas


En general debe decirse que el federalismo no contó con mentores intelectuales. Por ser una reacción, sus líderes fueron hombres activos, cuya denominación ha sido la castiza voz «caudillos», quienes encabezaron esa oposición a los procedimientos despóticos y a los planteos ideológicos foráneos.


El primero de esos caudillos fue José Gervasio Artigas, montevideano, de familia de buena posición social y económica; fueron sus educadores los padres franciscanos. Ingresa en el cuerpo de Blandengues destinado a luchar contra portugueses, indios y contrabandistas. Pelea contra los ingleses durante las invasiones, y en 1811, este amante de la vida rural y de las costumbres y convicciones de sus paisanos, abraza la causa de la Revolución.


Motivado por el tratado con Elío, del 20 de octubre de 1811, se retira del sitio de Montevideo con buena parte del vecindario, que no quiere admitir la coyunda del Virrey reconocido por Buenos Aires. El pueblo oriental ha encontrado su caudillo, y lo sigue en heroico éxodo estableciéndose con su jefe en el Ayuí, próximo a la actual población de Concordia en Entre Ríos. Este episodio, comienza a marcar las diferencias entre el régimen del Triunvirato rivadaviano y el caudillo de los orientales.


Cuando las relaciones entre Buenos Aires y el gobierno español de Montevideo vuelven a fracturarse, se sitia nuevamente a esa ciudad, pero estallan desavenencias entre Artigas y el representante del Triunvirato, Manuel de Sarratea, que apela a actitudes maquiavélicas para obstaculizar las exigencias de aquel, quien entiende debe comandar las tropas sitiadoras, debiendo ser la división porteña mero auxiliar del ejército oriental, mostrando un rasgo de autonomía que se profundizaría. El relevo de Sarratea por Rondeau, permite que Artigas colabore con este segundo sitio.


Antes de ser sustituido, Sarratea había organizado una suerte de elecciones de dos representantes de la Banda Oriental a la Asamblea. Cuando ésta solicitó el juramento de fidelidad a ella por parte del ejército oriental, Artigas resolvió reunir un Congreso de las ciudades y villas orientales, llamado de las Tres Cruces, en las afueras de Montevideo, cuyo objetivo fue triple: deliberar sobre el pedido de juramento solicitado por la Asamblea, elegir los diputados de la Banda Oriental a la misma, y organizar el gobierno de la provincia. Las elecciones de los representantes que asistirían al congreso convocado se harían con todos los vecinos, por sufragio universal, reunidos en el cabildo o la comandancia, y a simple pluralidad de votos. No debe descartarse la influencia que Artigas ejerció sobre el electorado.


El Congreso de las Tres Cruces resolvió el reconocimiento de la Asamblea, pero condicionado a que ésta diera satisfacción moral por la conducta de Sarratea, confirmara a Rondeau como representante de Buenos Aires, continuara con la ayuda militar a los orientales, garantizara la confederación defensiva y ofensiva de la Banda Oriental con las Provincias Unidas. Además, la Asamblea debía admitir que la Banda Oriental pudiera aceptar o no la constitución a sancionarse, y que los diputados a enviar por dicha provincia fueran seis: dos por el Cabildo de Montevideo, en cuanto esta ciudad era capital, y uno por cada uno de los cabildos de Maldonado, San José, Canelones y Soriano.


Elegidos los seis diputados, se resolvió que su elección fuera sometida a la ratificación de los cabildos respectivos para cumplir con las normas de la Asamblea; no lo pudo hacer Montevideo, en poder de los españoles, pero sí lo hicieron los cabildos de las demás ciudades.





Las instrucciones


Dichos diputados llegaron muñidos de las famosas «instrucciones», que a la altura actual de la investigación histórica, parecerían redactadas por el propio Artigas. Existen tres versiones de ellas, dado que el original fue sustraído: la primera es una copia efectuada por Clemente Fregeiro del original, una segunda de los electores de Soriano a su diputado, y la tercera proveniente del Cabildo de Santa Fe.


Hay cláusulas que difieren entre sí, pero en otras hay coincidencias; estas últimas son: 1°) Los diputados orientales pedirían a la Asamblea la declaración de la independencia de las Provincias Unidas de España y familia de los Borbones; 2°) No admitirían otro gobierno que el republicano confederado; 3°) «Como el objeto y fin del gobierno debe ser conservar la igualdad, libertad y seguridad de los ciudadanos y de los Pueblos, cada provincia formará un gobierno bajo esas bases, a manos del gobierno supremo de la Nación»; 4°) Tanto en las provincias como en la Nación habría división del gobierno en poder ejecutivo, legislativo y judicial, independientes en sus facultades; 5°) «El Gobierno Supremo entenderá solamente en los negocios generales del Estado. El resto es peculiar al gobierno de cada provincia»; 6°) «El despotismo militar será precisamente aniquilado con trabas constitucionales que aseguren inviolable la soberanía de los pueblos»; 7°) La capital de la Confederación no podría ser Buenos Aires.


En otras cláusulas hay diferencias: 1°) el artículo 3 de la versión de Fregeiro establece: «Promoverá la libertad civil y religiosa en toda la extensión imaginable»; esta norma la repite la versión de Soriano, pero agrega: «No admitirá otra religión que la católica que profesamos». La versión de Santa Fe especifica: «La Religión Católica Apostólica Romana será la preponderante, y así no admitirán otra». Según José María Rosa no habría contradicción, pues al hablar de libertad civil y religiosa, se referiría la versión Fregeiro a la independencia política y eclesiástica de las autoridades españolas de ambas esferas, cosa que aclaran los documentos de Soriano y Santa Fe de redacción posterior 60. Agregamos nosotros, el proyecto de constitución de Cardozo, inspirado según parece en las «Instrucciones» artiguistas, no admite la libertad de cultos, determinando que la religión católica es la «única y preponderante en las Provincias Unidas». 2°) En las versiones de Fregeiro y Soriano, se estipulan los límites de la Provincia Oriental que incluyen territorios que los portugueses ocupaban injustamente y que deberían reclamarse en su momento; nada dice al respecto la versión santafesina. 3°) En la de Fregeiro se habilitan los puertos de Maldonado y Colonia para el tráfico libre, cláusula que no existe en las otras dos; en la de Santa Fe, en cambio, se prescribe: «...debiendo ser recargadas todas las introducciones que perjudiquen nuestras artes o fábricas, a fin de dar fomento a la industria de nuestro territorio». 4°) Las versiones de Fregeiro y Santa Fe prohíben se gravara el comercio entre las provincias, no así la de Soriano. 5°) La versión Fregeiro admite que la Banda Oriental pudiese tener ejército propio, cosa que no encontramos en las otras dos. 6°) La de Santa Fe tiene un proyecto de organización de los poderes del gobierno de la Confederación: un poder ejecutivo desempeñado por un presidente que duraría un año, sorteado entre los candidatos que presentaran las provincias, «a fin de que turne por todos los individuos de las Provincias Unidas el tal empleo y no se haga hereditario a los de una sola que exija la preferencia, pues todas deberán ser iguales»; conformación similar a la del proyecto Cardozo. Los miembros del Senado y de la Sala de Representantes serían nominados por los pueblos libres, y no por la Asamblea Constituyente.


En cuanto a la fuente de inspiración artiguista en la confección del modelo de Confederación a que se aspiraba, lo fueron el pensamiento de Thomas Paine en su obra «La independencia de la Costa Firme justificada por Thomas Paine treinta años ha. Extracto de sus obras traducidas del inglés al español por D. Manuel García de Sena», y los «Artículos de Confederación y Perpetua Unión» de los Estados Unidos, según lo ha esclarecido Eugenio Petit Muñoz 61. Apelación al pensamiento extranjero, como casi siempre ha ocurrido en nuestra historia institucional, que no advertía que el federalismo norteamericano tuvo su fundamentación en bases de diferenciación religiosa entre los diversos Estados, que nada tenían que ver con el federalismo rioplatense, rincón del continente donde no existían discrepancias de este tipo entre provincia y provincia, pero donde se dieron otras motivaciones que produjeron la airada reacción de las Provincias, contra la minoría ilustrada de Buenos Aires.


Los diputados orientales no pudieron exponer sus «Instrucciones» porque la Asamblea se negó a incorporarlos mientras no presentaran credenciales válidas, aunque algunos diputados, entre ellos Monteagudo, objetaron la legalidad de las elecciones practicadas en cuanto no se habían conformado con las prescripciones del Triunvirato al respecto, lo cual era exacto: se habían violado esas normas pues no había habido elección en cada ciudad, por parte de electores y de los miembros del cabildo respectivo, del diputado que le correspondería a esa ciudad, sino que el total de los diputados había sido designado en el Congreso de las Tres Cruces. Pero ¿cómo habían sido elegidos los demás diputados? ¿Podía alguno de ellos exhibir mayor representatividad popular que los diputados orientales, sabedores como sabemos que la mayoría de ellos habían sido digitados por la Logia Lautaro?


El Congreso de las Tres Cruces decidió también erigir a la Banda Oriental como provincia, organizando su gobierno sobre la base de la conformación del cabildo de Montevideo, con un gobernador militar y presidente, dos jueces generales, un depositario de los fondos, un juez de economía, un juez de vigilancia, dos protectores de pobres, un expositor general, un secretario y un escribano. Resulta evidente el parentesco de la denominación y funciones de estos agentes con el de los funcionarios capitulares. Ello viene a corroborar que las provincias tuvieron su origen en los cabildos, que como sabemos, extendían su jurisdicción al territorio adyacente. Claro que la autoridad de todo el cuerpo se fue transfiriendo al gobernador, al caudillo, quien manejaría la milicia comunal y rural, que se transformaría en ejército de la provincia.





La liga federal


Por supuesto que la erección de la Banda Oriental como provincia, con un buen grado de autonomía, no fue reconocida por la Asamblea. ésta ordenó otra elección de diputados y formó una nueva jurisdicción con ese territorio, pero no autónoma, sino a la manera de las intendencias borbónicas. Mas, como expresa Justo Díaz de Vivar respecto de los pueblos rioplatenses: «Desde entonces comenzó a actuar sobre ellos el veneno artiguista como llamaban y aun llaman los literatos porteños a la reacción de éstos: del litoral primero, del Norte después, y luego del resto del país progresivamente, contra la prepotencia porteña. El idearium del ‘veneno’ contenía dos puntos fundamentales: la democracia republicana y la autonomía de los pueblos. Estos conceptos habían arraigado de tal manera en el alma popular, que nadie los arrancaría ya»62.


Levantaron, en efecto, la bandera artiguista, Misiones en 1813, por obra del indio Domingo Manduré, a pesar de ser atacada por los portugueses; Entre Ríos en 1814, en virtud de la rebelión de Eusebio Hereñú. En ese mismo año se pronunció Corrientes tras de Juan Bautista Méndez; Santa Fe en 1815, proclamándose provincia. También en 1815, la mancha de aceite del artiguismo se extiende hasta Córdoba, donde renuncia el gobernador intendente Francisco A. Ortiz de Ocampo, mientras los vecinos, en cabildo abierto, eligen nuevo mandatario a José Javier Díaz, que llama a Artigas «nuevo Washington». La conmoción artiguista llega a La Rioja, y hay fermentación en Santiago del Estero, Catamarca y Tucumán.


Las provincias pronunciadas por el artiguismo Banda Oriental, Misiones, Entre Ríos, Corrientes, Santa Fe y Córdoba, conforman la «Liga Federal» o «Liga de los Pueblos Libres», bajo el protectorado de José G. Artigas, cuyo programa –en contraste con las dudas y veleidades aristocratizantes de los sectores rivadavianos y alvearistas de Buenos Aires– se definió claramente por la independencia de España y la adopción de un régimen republicano federal de gobierno.


La Liga Federal subsistió hasta 1820, y organizó el Congreso de Oriente con representantes de esas provincias que sesionó en Concepción del Uruguay y en Paysandú, y cuyas actas lamentablemente no se conocen. Dichos diputados fueron en comisión a Buenos Aires para tratar de lograr aliviar la tirantez entre la Liga y Buenos Aires. El Director álvarez Thomas los tuvo detenidos en un barco once días y luego les mandó los pasaportes para que se retiraran, pero ante su insistencia, les ofreció por medio de Antonio Sáenz lo que ya había propuesto a Artigas por intermedio de la Misión Pico-Rivarola: la independencia definitiva de la Banda Oriental 63. Hecho repudiable, una oferta rayana en la traición a la comunidad, que la diputación artiguista rechazó airadamente, como lo había hecho el propio Protector, en 1815, con una propuesta análoga de Alvear.





La provincia de Santa Fe


Desde 1810 a 1815, Santa Fe es manejada desde Buenos Aires por medio de tenientes gobernadores que son designados por los sucesivos gobiernos patrios.


Al estallar la Revolución de Mayo, los habitantes solicitaron que ese teniente gobernador fuera un santafesino, Francisco Antonio Candioti, pero la Junta Provisional no accedió.


Los santafesinos comienzan a sentir que las cosas no habían cambiado mucho para ellos con el proceso revolucionario: sus mandatarios ahora eran nominados por Buenos Aires, en vez de Madrid. Cuando Artigas vence al enviado directorial Dorrego en Guayabos, y el ideal autonómico se propaga a Misiones, Corrientes y Entre Ríos, comienza a cundir el fermento también en Santa Fe.


El 24 de marzo de 1815, un ejército de santafesinos, apoyado bélicamente por Artigas, depone al teniente gobernador Eustaquio Díaz Vélez, quien debe abandonar la ciudad con su tropa en dirección a Buenos Aires. Unos días después Artigas llegó a la ciudad para festejar la adhesión a su Liga, se elige gobernador de la nueva provincia a Francisco Antonio Candioti, y se iza la bandera tricolor de Artigas en el Cabildo.


Santa Fe será invadida por tropas porteñas en varias ocasiones, las que devastan sus campos, arrean su ganado, y hasta llegan a incendiar la villa del Rosario, en 1819. Para esta fecha ha surgido en la Provincia un caudillo, notable defensor de su autonomía, el Patriarca de la Federación, Estanislao López, quien la gobernará hasta su muerte, en 1838.