triunviratos
1811 - supresión de las Juntas Provinciales
 
 

A punto de envolverse la causa de estas Provincias en el cúmulo de males que le había preparado la adopción de un régimen de gobierno que la hacía distar enormemente del único rumbo que le señalaba la razón y la necesidad, sólo pudo separarla del peligro inminente la heroica resolución tomada de concentrar el poder en una sola Superioridad para expedirse, que distribuido en muchas manos daba el verdadero origen a las desgracias que se sucedían unas a otras y que al fin nos arrastrarían a la disolución y pérdida total del Estado. Resultaría bajo este punto de vista una contradicción de principios si reducido en la Capital a sólo tres el número de individuos que constituyen el Gobierno Superior, en los pueblos dependientes se extendiese a igual número o excediera como sucede en el que forma el de esa ciudad. Es no sólo este grave fundamento el que impulsa a este Gobierno a la necesaria reforma del sistema de Juntas Provinciales y Subalternas; a ello estrecha más que todo la urgente precisión que hay de expedirse con celeridad y rapidez en los grandes negocios que se aglomeran cada día y que debe promover este Gobierno para asegurarles a cada uno de los pueblos de su distrito aquel pleno goce de derechos por que claman con tanta Justicia y que no podría alcanzarse jamás en la forma establecida hoy, más cuando por desgracia se ha visto en cada pueblo desaparecer la tranquilidad, romper la armonía política y excitarse los enconos más arraigados. Convencido este Gobierno de la expresada necesidad, ha determinado y sancionado la supresión de las Juntas establecidas y nombrar para subrogar entre tanto estas autoridades en un Gobernador político y militar que adornado de las cualidades necesarias, llene los objetos de la causa común: concurriendo todas ellas en la persona del Sargento Mayor del Regimiento Don Santiago Carreras, que reúne también la circunstancia de natural de esa Ciudad, le ha elegido con esta fecha en la clase indicada para luego que se presente a V. S. con manifestación de su título le de la correspondiente posesión. Espera este Gobierno que V. S. esforzando su celo e influjo contribuirá por su parte a que tengan efectos las justas miras que se propone con esta resolución, persuadido de que reconoce con su mayor consideración las distinguidas demostraciones con que V. S. ha acreditado su amor e interés por el bien de la Patria, en cuyo nombre le tributa las debidas gracias. Dios guarde a V. S.


Buenos Aires, 23 de Diciembre de 1811


A la Junta de Córdoba



Archivo General de la Nación, División Gobierno Nacional, Gobierno 1811, Sala X, c. 3, a. 4, nº 1.