primera junta
1810 - Reglamento sobre despacho y ceremonial
 
 




Con superior permiso,



Buenos Aires,



en la Real Imprenta de los Niños Expósitos




La Junta Provisional Gubernativa de las Provincias del Río de la Plata á nombre del Sr. D. Fernando VII manifiesta la siguiente Instrucción, que servirá de en el método del despacho, y ceremonial en actos públicos.


1. La Junta se congregará todos los días en la Real Fortaleza, donde será la del Sr. Presidente, y durará su reunión desde las nueve de la mañana hasta los dos de la tarde, y desde las cinco hasta las ocho de la noche.


2. Todos los asuntos gubernativos y de Hacienda se girarán ante ella por las Oficinas respectivas.


3. El Departamento de Hacienda en la Secretaría correrá a cargo del Doctor D. Juan José Passo; y el Departamentote Gobierno y Guerra a cargo del Doctor D. Mariano Moreno.


4. En los decretos de substanciación, contestaciones dentro de la Capital, asuntos leves, y de urgente despacho bastara la del Presidente, autorizada por el respectivo Secretário.


5. En los negocios que deban decidirse por la Junta, la formarán quatro Vocales con el Presidente; pero en los asuntos interesantes de alto gobierno deberán concurrir todos precisamente.


6. En las representaciones y papeles de oficio se dará á la Junta el tratamiento de Excelencia: pero los Vocales no tendrán tratamiento alguno en particular.


7. Las Armas harán a la Junta los mismos honores que á los Excmos. Señores Virreyes: y en las funciones de Tabla se guardará con ella el mismo ceremonial.


8. El Sr. Presidente recibirá en su persona el tratamiento y honores de la Junta como Presidente de ella; los cuales se le tributarán en toda situación.


9. Los asuntos de Patronato se dirigirán á la Junta en los mismos términos que a los Señores Virreyes; sin perjuicio de las extensiones á que legalmente conduzca el sucesivo estado de la Península.


10. Todo Vecino podrá dirijirse por escrito ó de palabra a cualquiera de los Vocales, ó á la Junta misma, y comunicar cuanto crea conducente á la seguridad pública, y felicidad del Estado.


Buenos Ayres 28 de mayo de 1810.


Dr. Mariano Moreno. Secretario.


Imprímase Rúbrica de S. E. — Dr. Moreno.